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Ley antibloqueo aprobada por la ANC ya está publicada en la Gaceta Oficial

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La ley antibloqueo, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente, resultó publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.583, con fecha de 12 de octubre. Con este texto, el gobierno de Nicolás Maduro, según ha asegurado, espera hacer frente a las sanciones y dar un impulso a la economía y a la inversión.

Ley antibloqueo en Gaceta Oficial

Igualmente, de manera oficial se dio origen al Centro Internacional de Inversión Productiva como un organismo que supervisará los acuerdos y las medidas que se apliquen. También, tendrá una canasta de proyectos que se presentarán para la inversión internacional, en el área petrolera, minera, gas, agricultura, turismo y otras.

Ley aprobada en forma unilateral

La ley antibloqueo la aprobaron los constituyentes después de un único debate en el que no se discutieron los 44 artículos; sino que solo tres oradores defendieron la necesidad de ponerlo en marcha con urgencia.

El artículo 1 del marco legal indica que tiene como finalidad proveer herramientas jurídicas para “contrarrestar, mitigar y reducir, de manera efectiva, urgente y necesaria, los efectos nocivos generados por la imposición” de sanciones financieras, principalmente las aplicadas por los Estados Unidos.

Cuando resulte necesario para superar los obstáculos o compensar los daños de las sanciones; el gobierno procederá a inaplicar para casos específicos aquellas normas de rango legal o sublegal cuya aplicación resulta imposible o contraproducente, agrega el artículo 19.

La ley antibloqueo tendrá vigencia hasta que supuestamente cesen las sanciones aplicadas y que; de acuerdo con lo precisado por el régimen, más de 300 las ha impuesto Estados Unidos.

Del mismo modo, se concede el carácter de “reservado, confidencial o de divulgación limitada a cualquier expediente; documento, información, hecho o circunstancia” que considere el gobierno y “se prohíbe el acceso a documentación que haya sido calificada como confidencial o reservada”.

La confidencialidad de las medidas tomadas al amparo de esta Ley se mantendrá hasta 90 días después de la finalización de la sanción que provocó la medida en el primer momento.

Fuente: El Nacional

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