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Permitirán grabar procedimientos policiales en alcabalas

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Los ciudadanos podrán grabar los procedimientos policiales a los que sean sometidos en puntos de control y alcabalas del país, de acuerdo a resolución conjunta del Ministerio de la Defensa y el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, publicada el 7 de septiembre de 2022.

“Ninguna persona podrá ser obligada a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación antes; durante o después del procedimiento de verificación rutinaria que realicen las autoridades en el punto de control, ni a borrar su contenido”; refiere el artículo 20 de la resolución conjunta Nº 109, firmada por el ministro de Defensa, Vladimir Padrino López, y el de Interior, Justicia y Paz, Remigio Ceballos.

Así mismo, el documento refiere que la retención de documentos y pertenencias; incluyendo los equipos telefónicos solo podrá hacerse de acuerdo a lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal.

Igualmente, la resolución autoriza la supervisión y contraloría de la actuación policial a funcionarios del Ministerio Público (MP).

Además, la Defensoría podrán estar presentes en los puntos de control para garantizar el correcto funcionamiento del dispositivo.

Mecanismos continuos de supervisión en alcabalas

“Cada órgano de seguridad ciudadana, cuerpo de seguridad del Estado o la Fuerza Armada Nacional Bolivariana a través del Sistema Defensivo Territorial; deberá establecer un mecanismo continuo de supervisión a los puntos de control bajo su responsabilidad; registrando y orientando las incidencias que ocurran en los mismos; y designando una autoridad específica responsable por ello”, reza la resolución.

También, las organizaciones del poder popular y los comités de contraloría social policial, en el marco del ejercicio de la contraloría social; podrán observar el funcionamiento y el servicio prestado en los puntos de control.

Nueva resolución exige respetar la dignidad de la persona

Además, hace hincapié que se debe “respetar en todo momento la dignidad e integridad personal de las ciudadanas que transitan por el punto de control”.

Sobre este punto aclararon que cuando sea necesario hacer el chequeo corporal deberán hacerlo en una forma “no invasiva”.

Finalmente, sostiene que el funcionario policial está obligado a informar cuál será el procedimiento y hacer las verificaciones correspondientes; “sin que implique demoras innecesarias o afectaciones irreparables para las personas y sus bienes”.

Fuente: NDV/Redes

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