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Seniat | Hoy vence el plazo: ¿Qué pasa si no se declara el ISLR?

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De acuerdo con el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, (Seniat) el plazo para la declaración y pago del Impuesto sobre la Renta (ISLR) está por vencer.

En ese sentido, los contribuyentes tienen hasta el próximo miércoles 15 de mayo de 2024 para declarar su ejercicio fiscal comprendido desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2023.

Es importante recordar que en un principio vencía el 31 de marzo.

La decisión fue publicada por la institución en la Gaceta Oficial número 42.826, de fecha 26 de febrero.

¿Qué pasa si no declaras el ISLR en Seniat?

El artículo 1° de la Providencia Administrativa indica que aquellos contribuyentes que no cumplan con la presentación de su declaración y el pago correspondiente del ISLR antes del 15 de mayo, podrían enfrentar sanciones y multas.

El Código Orgánico Tributario, establece como sanción por la omisión de la presentación de la declaración, multa de 10 unidades tributarias por cada declaración que se haya dejado de presentar.

Esta multa se incrementará en 10 unidades tributarias por cada nueva infracción, hasta un máximo de 50 unidades tributarias.

Para el caso de las declaraciones presentadas fuera del plazo establecido en la Ley, la multa será de 5 unidades tributarias. Esta se incrementará en 5 unidades tributarias más por cada nueva infracción, hasta un máximo de 25 unidades tributarias.

Para aquellos que opten por pagar el impuesto por partes, el calendario estipula que la primera porción debe abonarse antes de la fecha límite mencionada. Las siguientes dos porciones seguirán el protocolo establecido en la Providencia Administrativa n° SNAT/2003/1697.

A un día para el vencimiento del plazo, vale señalar que el Seniat ofrece canales de atención y asistencia para aquellos que requieran orientación adicional sobre el proceso de declaración y pago del ISLR.

Los contribuyentes especiales son aquellos sujetos a quienes notificó Seniat. Atienden al nivel de ingresos brutos anuales, según la Gerencia de Tributos Internos de la Región de su jurisdicción de acuerdo con las categorías de la institución.

Con información de 2001

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