El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) informó que desde este jueves y hasta el 15 de septiembre los tribunales no van a despachar en ese periodo, ambos días inclusive, debido a que entran el periodo de receso judicial.
Recalca el TSJ que durante ese periodo «permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales. Ello no impide que se practiquen las actuaciones que fueren necesarias para el aseguramiento de los derechos de alguna de las partes, de conformidad con la ley».
En la sentencia 2024-0011, el Máximo Tribunal del país explica que los jueces que tengan menos de un año no van a disfrutar del receso.
De igual forma, se indica que en materia de amparo constitucional, se van a considerar habilitados los tribunales todos los días del periodo que dure el receso, por lo que los jueces fijos y temporales deben tramitar y sentenciar los procesos; mientras que las Salas Constitucional y Electoral estarán de guardia.
Receso Judicial del TSJ
También, la sentencia indica que los tribunales en competencia penal deben mantener la continuidad del servicio público de administración de justicia en todo el país.
El TSJ señala que los magistrados de la Sala Constitucional, Penal y Electoral mantendrán el quorum necesario para deliberar.
Por otro lado, el punto quinto del documento señala que «las Juezas Rectoras y Jueces Rectores, Presidentas y Presidentes de los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, las Presidentas y los Presidentes de los Circuitos Judiciales Penales, las Coordinadoras y los Coordinadores de los Circuitos Judiciales Laborales, las Coordinadoras y los Coordinadores de los Circuitos Judiciales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y las Coordinadoras y los Coordinadores de los Tribunales con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer, quedan facultadas y facultados para que adopten las medidas conducentes para garantizar el acceso a la justicia en las diversas circunscripciones judiciales, de conformidad con los objetivos de la presente Resolución, debiendo informar inmediatamente de las mismas a la Comisión Judicial».
Con información de NDV / UR
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