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Niño ingresó con un arma de fuego a su colegio en Miranda

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Un niño de 10 años logró ingresar con un arma de fuego a su colegio en el que estudia en el estado Miranda, supuestamente para «resolver un problema con un amiguito».

El hecho se registró en colegio U.E.P. Nathalie de Etievan, en el municipio Carrizal, estado Miranda.

El concejal de la entidad, Giovanny Quintana, encargó al Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente (CMDNNA) y a Policarrizal investigar el caso. Al parecer, el niño portaba el arma de fuego con municiones, reseña El Tequeño.

Quintana lamentó el riesgo de la integridad de los niños que hacen vida en la referida institución y señaló que este hecho “habla muy mal de la base de la familia”.

“Mi mayor preocupación es que queremos respuestas para determinar las responsabilidades en este caso. No podemos permitir que hechos como este se repitan en nuestras escuelas. Es necesario tomar medidas contundentes para proteger a nuestros niños y niñas”, manifestó el concejal.

El hecho causó consternación entre la comunidad educativa, quienes piden una investigación.

Investigan caso de niño con un arma de fuego en colegio

En este sentido, el secretario de Seguridad Ciudadana y director general de Policarrizal, comandante Nicolás Zapata, afirmó que, desde el martes, funcionarios de policiales y CMDNNA, realizan las averiguaciones.

“Es un caso muy delicado ya que, pese a que es un instituto privado, está involucrado un menor de edad, a quien debemos garantizarle todos sus derechos, esperar por los resultados de las acciones de consejo y notificar al Ministerio Público”, dijo Zapata.

Por su parte, Ivette Carrera, presidente del CMDNNA, indicó que las actas entregadas por los representantes del plantel no dan conocimiento sobre la presencia de un arma de fuego; solamente indicarían que un estudiante, entre 9 y 10 años, que llevó 14 municiones al plantel.

“Estamos a la espera de los resultados de la decisión del grupo colegiado de consejeros, en virtud de que el niño es habitante del municipio Guaicaipuro. Y de acuerdo al artículo 290 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), la competencia geográfica de los CMDNNA se determina, en primer orden de prelación: Domicilio o residencia de la familia natural”, precisó.

Con información de NDV / 2001 / El Tequeño

Continúe leyendo: Detenido el presunto asesino de una docente en Aragua


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