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Prorrogan por un año exoneraciones del IGTF a divisas y otras operaciones

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El Gobierno publicó en Gaceta Oficial N° 42.575, que se extiende por un año las exoneraciones a operaciones en el mercado de valores; del Impuesto a las Grandes Transacciones (IGTF) en Divisas aplicado a las operaciones con moneda extranjera, cuya alícuota es de 3%.

De acuerdo con el nuevo instrumento quedan exentas de este tributo «la compra, venta y transferencia; de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela».

https://twitter.com/bancaynegocios/status/1629471272760401920?t=cw0jwAfMNS3Q-bKcqa1r3w&s=19

Exoneraciones del IGTF divisas y otras operaciones

De igual manera, los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos; y los títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsa agrícola.

Especifican sobre lo anterior, que «las realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país; o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela».

También, las operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas. Además, «los pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas; a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes. Salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales».

Pagos en monedas distintas

Aunado a los anteriores, el decreto establece que los «pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país; o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela, realizados a personas naturales jurídicas y entidades económicas; sin personalidad jurídica que no están calificados como sujetos pasivos especiales».

Asimismo, «las remesas enviadas desde el exterior, a través de instituciones autorizadas para el efecto».

Básicamente, estas son las mismas exoneracuones del IGTF aplicadas en el decreto original; de promulgación del tributo que tras un año de aplicación ha generado polémicas permanentes.

Mientras, gremios empresariales piden reducir la alícuota; debido al impacto que genera este impuesto en los precios.

Compradores

En este orden de ideas, los compradores de títulos de valores exonerados deben presentar un documento; con los detalles de la operación y emitido por el intermediario bursátil autorizado, para poder liquidar la transacción.

Vale mencionar, que este documento debe contener la siguiente información; el número de la operación asignado por la correspondiente bolsa de valores y los títulos negociados.

También, el corredor intermediario, el monto de la operación y el adquiriente de los títulos; acompañado del documento que avale la transacción, emitido por la bolsa de valores respectiva.

Con información de: Banca y Negocios

Continúe leyendo: Exoneran pagos de trámites y permisos a los emprendedores


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Freddy Álvarez
Freddy Álvarez
Freddy Álvarez, es Lcdo. en Comunicación Social, con enfoque en la Producción de Medios Audiovisuales. Además, ha ejercido en el área de edición audiovisual y redacción periodística SEO. También, cuenta con conocimientos en Marketing Digital: community manager, content manager y copywriting en Venezuela.

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