HomeDestacado¡Toma dato! Exoneración de pago de IGTF vence el 25 de febrero

¡Toma dato! Exoneración de pago de IGTF vence el 25 de febrero

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La exoneración del pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), vence en el próximo 25 de febrero. El tributo es aplicable a los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela.

De acuerdo a una nota de la consultora PwC Venezuela, además; cesa el período de exoneración a los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital.

Así como también, los intereses de los títulos negociados a través de las bolsas valores; realizados en moneda extranjera o en criptomonedas o criptoactivos no emitidos por Venezuela.

Vale destacar que la nota corporativa recuerda que en la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.689, de fecha 25 de febrero de 2022; se publicó el decreto presidencial N° 4.647.

De acuerdo a la inofomación publicada, se establece la aplicación del IGTF a las operaciones con moneda extranjera; y se determinan las transacciones que resultaron exoneradas por 12 meses.

Aparte de las transacciones con títulos valores; también vencen el próximo 25 de febrero las exoneración del IGTF: 

-Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas; a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes, salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales.

-Transacciones en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas; mediante puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes, salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales.

-Pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela; realizados a personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica que no están clasificados como sujetos pasivos especiales.

-Las remesas enviadas desde el exterior, a través de instituciones autorizadas para el efecto.

 

Fuente: NDV/Banca y Negocios

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